Sucesiones en CABA y Zona Norte
Recibí asesoramiento legal para iniciar la sucesión, reunir la documentación y avanzar con claridad durante todo el proceso.
- Declaratoria de herederos
- Bienes, propiedades y documentación
- Acompañamiento durante todo el trámite
AGENDEMOS TU CONSULTA
Experiencias reales
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Resolvé tu sucesión de forma clara y segura
Iniciar una sucesión es el paso necesario para regularizar una herencia. Sin embargo, los trámites judiciales, los costos y la falta de claridad suelen dificultar el proceso. Mi enfoque se basa en simplificar cada instancia, brindando información clara, seguimiento constante y soluciones concretas para avanzar sin demoras innecesarias. Conocé quién lleva tu caso.
Documentación necesaria para iniciar el trámite de sucesión
Para iniciar una sucesión, es importante contar con la documentación básica del caso. A continuación, te detallamos los principales requisitos.
- Partida de defunción del causante
- Partidas de nacimiento y DNI de los herederos
- Acta de matrimonio (en caso de que el causante haya estado casado)
- Escrituras y/o títulos de los bienes a heredar
Las etapas para resolver tu sucesión
Desde el primer contacto hasta la finalización del trámite, trabajamos con un proceso ordenado para avanzar de forma ágil y segura.
Consulta inicial
Podés contactarnos por WhatsApp, formulario o teléfono. Analizamos tu caso y te explicamos de forma clara los pasos, tiempos y costos desde el inicio.
Revisión de documentación
Te solicitamos la documentación necesaria y revisamos que todo esté en orden. Si falta algo, te acompañamos en la gestión para avanzar sin demoras.
Gestión judicial
Iniciamos la sucesión, tramitamos la Declaratoria de Herederos y gestionamos la inscripción de los bienes, con seguimiento constante y comunicación directa.
Agendemos la primer consulta para empezar resolver tu caso.
Dra. Natalia Malvaso
Graduada en la Universidad de Buenos Aires (2009) y especializada en Derecho de familia, cuento con más de 15 años de experiencia en el ámbito legal.
Hace más de una década ejerzo de forma independiente, acompañando a mis clientes con compromiso y responsabilidad en cada etapa.
Mi enfoque es claro: comprender cada situación en profundidad para brindar un asesoramiento personalizado, estratégico y efectivo.
Matrículas: CPACF T109 F349 | CAM T13 F770
Preguntas Frecuentes
El costo depende principalmente del valor de los bienes a transmitir, por lo que no es posible definir un monto exacto desde el inicio. De todos modos, ofrecemos presupuestos claros y opciones de financiación para que puedas avanzar sin que lo económico sea un obstáculo.
No te preocupes. Si falta documentación, nos encargamos de gestionarla para que puedas iniciar y avanzar con la sucesión sin demoras.
El plazo puede variar según cada caso, pero en términos generales la Declaratoria de Herederos suele obtenerse en aproximadamente 3 meses.
- Cónyuge supérstite, herederos y/o legatarios.
- El albacea (persona encargada de ejecutar el testamento).
- Los acreedores del causante y/o de quienes heredan.
En el departamento judicial del último domicilio del fallecido/a.
La sucesión Ab-intestato (o sin testamento) y la sucesión testamentaria, en los casos en que el causante haya dejado un testamento.
Son las personas que tienen garantizada una parte de la herencia. Esta parte obligatoria de la herencia se llama “legítima”. Estos son los hijos, el cónyuge y los padres del fallecido. Si no se ha dejado testamento, reciben la totalidad de la herencia.
- Primero los descendientes (hijos, nietos) y el cónyuge.
- En el caso que no haya descendientes, los ascendientes (padres) y el cónyuge.
- En el caso que no haya descendientes ni ascendientes ni cónyuge, los colaterales (hermanos).
- En el caso que no haya descendientes ni ascendientes ni cónyuge ni colaterales, los demás parientes hasta el cuarto grado (tíos, sobrinos y primos). Más allá de estas personas, no hay posibilidad de heredar si no existe testamento hecho por el fallecido/a.
Es la resolución que dicta el Juez de la sucesión. Con ella se reconocen a los herederos una vez acreditado el vínculo con el fallecido/a.
En el caso que todos los herederos estén de acuerdo en vender alguno o todos los bienes del haber sucesorio, los mismos pueden ser vendidos por tracto abreviado. De esa manera se transmiten los bienes directamente al comprador, ahorrándose tiempo y dinero.
Se pasa a ser titular de los bienes una vez producida la partición hereditaria e inscripta dicha situación en los registros correspondientes.
Si tenés dudas, agendemos una consulta:
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Te acompaño desde el inicio para que el proceso avance de forma ordenada, con claridad y confianza.
